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Justicia falla contra tutela infundada contra el gobernador Caicedo

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El Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Santa Marta falló en contra de Juan Carlos Dávila Abondano, luego de considerar infundada una acción de tutela que el empresario presentó contra el gobernador del Magdalena Carlos Caicedo.

A través del escrito de tutela, radicado ante ese despacho judicial el pasado 4 de agosto de 2021, Dávila Abondano solicitó el amparo de los derechos fundamentales al buen nombre, honra, presunción de inocencia y rectificación en equidad luego de argumentar que el 19 de mayo de este mismo año el accionado dijo en una entrevista que “en los hospitales del departamento, empezando por el Julio Méndez Barreneche, han sido unos hospitales saqueados por el cartel de salud, constituido por tres congresistas que pertenecen al clan Cotes, Díazgranados y Dávila Abondano. Uribistas que se robaron la salud del Magdalena”.

Sin embargo; el juzgado le dio la razón a la Oficina Jurídica de la Gobernación quien en defensa del gobernador, alegó que las afirmaciones de Dávila Abondano “son simples percepciones personales, puesto que en las redes sociales el gobernador no ha hecho referencia al actor. Pues para la Corte Constitucional no cualquier expresión hiriente o chocante constituye un agravio de naturaleza ius fundamental, toda vez que deben tratarse de opiniones o conceptos capaces de generar en la persona un daño moral tangible.

Por tal motivo, estos alegatos fueron aceptados por la justicia, al considerar que “no se cumple uno de los supuestos de hecho citados en la jurisprudencia para establecer que una afirmación se reputa deshonrosa: ‘opiniones o conceptos capaces de generar en la persona lo que se denomina un daño moral tangible’. En efecto, en las palabras del gobernador no se expresa que Juan Carlos Dávila Abondano haga parte del ‘cartel de la salud’, grupo que en la declaración se escucha que ‘es constituido por tres congresistas que pertenecen al clan Cotes, Díazgranados y Dávila Abondano’”.

En ese sentido, El Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales resolvió negar el amparo de los derechos fundamentales al empresario.

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