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Santa Marta reclamará perjuicios causados por manejo de tutela a favor de R&T

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Demanda RTEn un hecho sin antecedentes en el país, el Distrito de Santa Marta busca hacerse parte de los procesos penales que puedan estar cursando en contra del abogado Rodrigo Escobar Gil y el actual magistrado de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, con el fin de reclamar los perjuicios causados al Distrito por una tutela que el primero presentó y el segundo falló en contra de los intereses de la ciudad.

La sentencia T-1082 de 2012 con la que Escobar y Pretelt beneficiaron a la firma Recaudos y Tributos S.A., por entonces administradora de los tributos de la ciudad, le costó a Santa Marta más de diecinueve mil setecientos quince millones de pesos ($19.715.000.000).

Todo se remonta al 30 de diciembre de 2002, cuando el Distrito de Santa Marta suscribió, contrariando el ordenamiento jurídico, el contrato no. 092 de 2002 con la empresa Recaudos y Tributos S.A. – R&T S.A. a través del cual se entregó a ese particular la gestión integral de todos los tributos hasta el año 2023.

Se trataba de una clara afrenta a la ley 489 de 1998, el Estatuto Tributario Nacional y la jurisprudencia del Consejo de Estado, si bien en la formalidad el contrato hacía referencia en algunas de sus cláusulas a servicios de “asesoría”, por la cual la ciudad pagaba el 7% de la totalidad del recaudo de la vigencia corriente y el 13% del vigencia expirada.

 Así, Santa Marta, que tenía concesionados casi todos los servicios públicos (acueducto y alcantarillado, aseo, alumbrado, semaforización, patios y grúas, amoblamiento, mercado público, colegios, e inclusive el recaudo de impuestos), comenzó a perder progresivamente su soberanía fiscal, lo que le implicó un sistemático endeudamiento que a 2012 ascendía a 250 mil millones pesos, y, por tanto, escasas o nulas posibilidades de inversión social en salud, educación, recreación, cultura y atención de la población vulnerable.

Por la gestión tributaria de Recaudos y Tributos S.A. (R&T S.A) el Distrito apenas recibió ingresos por  37.688 millones de pesos entre 2003 y 2011.

 En 2012 el Alcalde Distrital Carlos Eduardo Caicedo Omar tomó la decisión de revisar la legalidad del contrato de concesión tributaria, que a su juicio violaba la Ley 1386 de 2010, pero este proceso fue obstaculizado y suspendido indefinidamente por una tutela interpuesta por la cual la empresa R&T S.A., que fue redactada y presentada por el exmagistrado Rodrigo Escobar Gil,  el mismo del escándalo de Fidupetrol, primo hermano del Contralor Distrital de Santa Marta Horacio Escobar Luque, que en vez de acompañar al Distrito en una reclamación que, de hecho, habría sido sensato que su oficina iniciara, intentó fallidamente amedrentar al Gobierno Distrital para que no revisara la legalidad del contrato, mediante una función de advertencia.

La tutela desde el principio comenzó a beneficiar a la firma Recaudos y Tributos. Los jueces de Santa Marta hicieron caso omiso a los alegatos de la ciudad y la segunda instancia dilató el envío del expediente a la Corte. Cuando finalmente lo hizo, el caso fue asignado al Magistrado Pretelt Chaljub, que en menos de 2 meses y desconociendo toda la jurisprudencia de la Corte sobre estos temas, falló a favor del particular gestor tributario mediante la sentencia T-1082 de 2012, con salvamento de voto del Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, quien se opuso rotundamente a la procedencia de la tutela.

Pero el alcalde Carlos Caicedo no se quedó  maniatado como el fallo en esas instancias suponía, e interpuso incidente de nulidad ante la Sala Plena de la Corte, que esta falló mediante Auto 155 de 28 de mayo de 2014 a favor de Santa Marta, anulando la sentencia T-

 

1082 de 2012 que había sido aprobada con ponencia del Magistrado Pretelt.

Finalmente, luego de muchísimas comunicaciones y solicitudes ante el Pleno de la Corte, esta, a través de la Sentencia SU-772 de 2014, dictó fallo de unificación que le permitió a la ciudad de Santa Marta recuperar su soberanía tributaria.

El fallo inicial a favor del particular gestor tributario (la sentencia T-1082 de 2012) tardó menos de 2 meses, y la decisión de la Sala Plena que resolvió sobre la nulidad de la sentencia solicitada por la ciudad, se llevó más de 22 meses.

 Durante esos 22 meses que tardó la suspensión de la actuación administrativa iniciada por la Administración de Carlos Caicedo para terminar el referido contrato, la ciud
ad perdió la comisión que en cambio R y T ganó, que según cálculos iniciales asciende a $19.715.000.000, además de los perjuicios por no haber podido recuperar su soberanía tributaria oportunamente y la obstaculización de la inversión social.

De acuerdo con el Reglamento de la Corte, el daño, en este tipo de casos, correspondería directamente al ponente inicial, es decir, el magistrado Jorge Pretelt.

Es más, actualmente, el Distrito enfrenta una cuantiosa demanda de reconvención iniciada por R y T en su contra ante el Tribunal Administrativo del Magdalena, que busca un reconocimiento de $35 mil millones.

Lo que dice el Código de Procedimiento Penal, es que las víctimas pueden ser las personas naturales y jurídicas que hayan sufrido algún daño directo.

Pues, en este caso es el Estado la víctima de un delito. Ahí radica trascendencia de la valiente decisión del Alcalde de Santa Marta, que en cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales de velar por los recursos públicos de la ciudad, busca que sean reconocidos los derechos del Distrito y de sus pobladores.

 Santa Marta hace mucho no veía obras e inversión social como las que están ocurriendo ahora; sólo una actuación decidida de la Fiscalía General de la Nación y de la Comisión de Acusaciones permitirá que la ciudad pueda reclamar y resarcir los perjuicios económicos que le fueron ocasionados.

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