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Comunicado de Prensa –Drummond ltd.-

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Tierras, existen algunos que recaen sobre predios adquiridos por Drummond Ltd. para el desarrollo de sus operaciones. La Compañía se ha hecho parte en esos procesos con el propósito de ejercer su derecho de defensa y demostrar ante las autoridades que todas las negociaciones de tierras de la Compañía se han realizado con total transparencia y cumpliendo con la normatividad vigente. 

Las circunstancias que precedieron la compra de esos predios, su proceso de gestión inmobiliaria y el proceso de negociación que culminó con la adquisición de los derechos de dominio y la posesión de tales predios, se pueden resumir en 5 puntos:

1. En la licencia ambiental expedida por el entonces Ministerio del Medio Ambiente para el proyecto El Descanso Norte, expresamente se ordenó a la compañía que antes del inicio de las actividades de explotación minera del citado proyecto debía adelantar el proceso de negociación directa para la adquisición de las Parcelas que conformaban la denominada Parcelación de Platanal.

2. En cumplimiento de lo anterior y previo un riguroso estudio de títulos que determinó la no existencia de vicios en la tradición y titularidad de las parcelas, al igual que la no existencia de procesos o demandas de ninguna naturaleza, Drummond inició un proceso de negociación con los legítimos propietarios y poseedores de las Parcelas, en una mesa de negociación conformada por 9 representantes escogidos directamente por los propietarios de las parcelas y representantes de Drummond, quienes luego de más de 8 meses de conversaciones y previo avalúo comercial de los inmuebles por parte del IGAC, llegaron a un acuerdo sobre las condiciones económicas y jurídicas para formalizar la adquisición de las Parcelas.

3. En virtud de lo anterior, Drummond adquirió el derecho de dominio y la posesión de 37 de las 38 parcelas que conformaban la parcelación de Platanal, absteniéndose de adquirir una de ellas porque presentaba legales detectados en el estudio de títulos, que aún a la fecha no han sido saneados.

4. Durante todo el tiempo que duró sesionando la mesa de negociación, no hubo ningún tipo de pronunciamiento, oposición, denuncio, comunicado o noticia de cualquier naturaleza, ni por autoridades ni por particulares, ni por terceros, que evidenciaran hechos irregulares de cualquier naturaleza que impidieran a la compañía y a los propietarios de las parcelas avanzar en las negociaciones y posterior venta de las parcelas a Drummond.

5. Desde el momento en el cual se consolidó la compra de las Parcelas, Drummond ha ejercido el derecho de dominio y la posesión sobre las mismas en forma pública, pacíy transparente, interviniéndolas con las actividades propias de su operación minera, catalogada por demás, de utilidad pública e interés general.

Así las cosas, Drummond Ltd. reitera que adquirió las parcelas de Platanal en forma legítima y de buena fe, para el desarrollo de su operación minera que es de interés público, en cumplimiento además de una obligación establecida por el Ministerio del Medio Ambiente en la respectiva licencia ambiental y previo un proceso de negociación con los representantes de las personas que demostraron ser los legítimos propietarios o poseedores de las mismas, motivo por el cual la Compañía tiene absoluta confianza de poder demostrar ante las autoridades colombianas  esas circunstancias.

 

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