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Gobernación inició declaratoria de caducidad al contrato de Aposmar

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Gobernacion inicióAspecto de las instalaciones, donde funciona la empresa Aposmar La Gobernación del Magdalena, mediante Resolución número 1872 del martes 16 de diciembre de 2014, le dio curso al proceso para declarar la caducidad del contrato de concesión que sostiene actualmente con la empresa Aposmar S.A. para el manejo de las apuestas permanentes en este Departamento.

Los motivos que llevan a la Gobernación a iniciar el proceso de caducidad, son relacionados con las investigaciones que adelanta la Fiscalía General de la Nación al contrato número 674, el cual inició en marzo de 2013 y cuya vigencia iría hasta febrero 28 de 2018 y el requerimiento que hace la Procuraduría, al gobernador Luis Miguel Cotes Habeych, de revisar los términos del mencionado contrato.

A través de un comunicado en su página web, la Procuraduría General de la Nación con el fin de garantizar los recursos que favorecen a la salud del Departamento, luego de que la Fiscal 38 Especializada, encontrara una documentación, de dineros que no provienen del chance, insta a la Secretaria del Interior del Magdalena a revisar el contrato de concesión suscrito con Aposmar, ya que la Fiscalía realizó un operativo de extinción de dominio a varias empresas de la Costa Atlántica por presunto lavado de activos, o de capitales provenientes del paramilitarismo dentro de los cuales se encuentra el actual concesionario del ‘chance’ en el Magdalena. De tal manera que ordena analizar y evaluar, si existe o no, causal de terminación unilateral del mencionado contrato, sin que ello indique perjuicio en el ingreso de los dineros de la salud.

‘Empresarios Asociados Permanentes del Departamento del Magdalena’,  Aposmar, se encuentra Inmersa dentro de una organización que, aprovechando su carácter de empresa legalmente constituida, la involucra en conductas que causan grave deterioro de la moral social, toda vez que algunos de sus accionistas o directivos mantienen vinculaciones con personas o grupos al margen de la ley, igualmente, al reportar una doble contabilidad que le permite filtrar bienes que no provienen del juego del ‘chance’ e ingresar dineros no justificados que no provienen de su objeto social, conductas que siendo de vieja data, aún persisten, por cuanto pudieron ser detectadas en la documentación incautada durante la diligencia de allanamiento realizada por la Fiscal 38 Especializada  en el mes de junio de 2014.

La Administración contratante debe hacer uso de los instrumentos que le ofrece la ley para dar por terminado un contrato que, por lo que se ha venido a conocer, viola, asimismo, principios fundamentales de la contratación estatal como el de la responsabilidad, que apareja el de la buena fe, vulnerado al haberle ocultado a la administración información adecuada sobre el origen de sus fondos y la práctica de conductas éticamente inapropiadas en su devenir histórico.

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