Inicio Distrito “Junta directiva de la ESE no tiene facultades para nombrar gerente”

“Junta directiva de la ESE no tiene facultades para nombrar gerente”

474
0

Junta directiva ESELuís Manuel Paredes, secretario de salud distritalEl secretario de salud Distrital, Luis Manuel Paredes, se pronunció ayer en reunión extraordinaria de la ESE Alejandro Próspero Reverend celebrada en el despacho del Alcalde Carlos Caicedo sobre el fallo del Juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta, que ordenó a esa corporación el 30 de enero del año en curso nombrar en un término de 48 horas al doctor Jairo Romo como gerente de la entidad de salud.  

.

El Secretario de Salud, quien manifestó ser un “fiel cumplidor del ordenamiento jurídico como también de las órdenes emanadas de las autoridades judiciales del país”, considera, no obstante, que ni él ni los otros miembros de la junta directiva de la ESE, presidida por el Alcalde Caicedo, puedan dar cumplimiento al fallo en mención sencillamente porque las juntas directivas de las Empresas Sociales del Estado no tienen facultades nominadoras de gerentes.  

De tal manera, puso a consideración de los miembros de la junta analizar el artículo 11 del decreto 1876 de 1994, que señalan de manera taxativa las funciones de las juntas directivas de estas entidades, en las cuales no se numeran facultades de nombrar o nominar gerentes.

“Adicionalmente, los artículos 72 de la ley 1438 de 2011 y 28 de la ley 1122 de 2007 establecen que la competencia de la junta directiva de las Empresas Sociales del Estado en relación con la designación del cargo de gerente, se limita a conformar una terna con los concursantes que hayan obtenido las tres mejores calificaciones en el proceso de selección adelantado”, expone textualmente el Secretario de Salud en su escrito.

Sin embargo, añade el servidor público, de la lectura del fallo “resulta claro que la orden es que la junta directiva nombre al gerente de la ESE. Bajo estas circunstancias, es evidente que nos encontramos ante una orden judicial de imposible cumplimiento”, precisa el titular de la cartera de salud distrital.

El Secretario cita los pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre el obligatorio cumplimiento de las providencias judiciales de tutela; pero así mismo, la alta instancia también afirma que la obligatoriedad del cumplimiento de estas sentencias deben darse dentro de unos márgenes de equivalencia; es decir, que el acatamiento de estos fallos deben darse en la medida que la orden no contravenga los límites competenciales de los funcionarios o corporación a quien se le dio la orden. 

Por lo tanto, “mal puede la junta directiva, so pretexto de dar cumplimiento a la orden judicial, desconocer sus límites constituciones, legales y reglamentarios en la órbita de sus competencias. Constituye un verdadero exabrupto jurídico obligar a una corporación ejercer una función que por ley no le corresponde”, explicó Paredes.

Por tales razones, el Secretario de Salud formuló denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación y queja disciplinaria ante el Consejo Superior de la Judicatura contra el Juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta por los hechos enunciados. 

En entrevista, el titular de la cartera de salud explicó que las denuncias son tendientes a esclarecer el porqué el Juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras no tuvo en cuenta las respuestas que le envió sobre el fallo de tutela que ordena el nombramiento del doctor Jairo Romo, vulnerando, afirma, sus derechos a defender y tener una posición como miembro de la junta directiva de la ESE Alejandro Próspero Reverend.

Finalizando la junta directiva de la ESE, el Secretario de Salud informó que la posición deE.S.E esta corporación fue unánime en cuanto a aplazar la junta y proseguirla el próximo viernes 8 de febrero para llegar a un esclarecimiento del fallo proferido por el Juez de Restitución de Tierras y poder tomar una decisión.

“Podemos entender que hay una voluntad expresa del Alcalde Caicedo y demás miembros de junta de dar cumplimiento al fallo proferido, sin embargo estamos en trámite de ello, estamos en cumplimiento de él”, dijo el Secretario. 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí