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CORPAMAG socializa medidas y acciones para enfrentar la sequía

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Corpamag sequiaLa Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag, se encuentra socializando en los distintos municipios del departamento, directrices con el fin de adoptar las medidas necesarias para la implementación de acciones, para enfrentar la amenaza de escasez de agua para abastecimiento de la población y  para la prevención y control de incendios forestales en la región.

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Esta iniciativa se está desarrollando a través de las administraciones municipales para que sean ellos quienes también hagan parte del proceso, teniendo como referencia la Resolución No 2155 emitida por la Corporación cuyo objeto es la adopción de medidas y acciones para la reducción del riesgo por desabastecimiento de agua en fuentes superficiales e incendios forestales generados por el fenómenos del niño en el Magdalena.

Dicha resolución atendió además la solicitud directa de la Circular del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial dirigida a las Corporaciones Autónomas Regionales y a las de Desarrollo Sostenible, Autoridades Ambientales de Grandes Centros Urbanos y Establecimientos Públicos Ambientales, en las que solicita un plan de contingencia frente al tema de sequía.

Es así como la Corporación Autónoma Regional del Magdalena – CORPAMAG, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta las anomalías hidroclimaticas anunciadas, promulga disposiciones ambientales para prevenir o mitigar la ocurrencia de incendios forestales y para hacer un uso racional y responsable de agua en las actividades diarias de todos los habitantes del departamento del Magdalena.

 Dentro de la resolución se declara que los usos del agua para consumo humano colectivo o comunitario, sea urbano o rural y la utilización para necesidades de consumo humano o domésticas individuales, son prioritarios sobre cualquier otro uso para el que se encuentre concesionadas aguas en el departamento del Magdalena.

Se prohíbe la construcción de trinchos, barreras o cualquier otro método no autorizados por Corpamag, que conlleven al desvío, represamiento o embalse de las aguas, que impida su normal discurrir por los cauces o derivaciones y corrientes de agua.

Por otra parte se ordena la destrucción de trinchos, barreras o cualquier otro método no autorizados por Corpamag, que se encuentren sobre los cauces de uso público y que no permiten el normal discurrir de las aguas por los cauces o derivaciones.

Se prohíbe también la utilización de aguas superficiales para los siguientes usos: Llenado de piscinas, riego de jardines y zonas verdes, lavado domestico de vehículos con mangueras, lavado de fachadas, andenes, portales, parqueaderos, y demás actividades que usen suntuariamente el recurso hídrico y actividades no autorizadas. Se impide toda actividad que ponga en riesgo la calidad de las aguas por contaminación y las quemas abiertas y controladas para la preparación de terrenos con cualquier fin.

Cabe anotar que el incumplimiento de las medidas anteriores, dará lugar a la aplicación de las medidas preventivas y sancionatorias, establecidas en la Ley 1333 de julio de 2009.

Corpamag continuará socializando a lo largo y ancho del departamento las medidas y acciones dispuestas en la Resolución 2155, en aras de contribuir con el proceso de conservación de los recursos naturales y la mejora de la calidad de vida de los magdalenenses.

En la página web de la Corporación www.corpamag.gov.co, se encuentra la Resolución completa, para mayor información.

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