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INASSA jamás ha pretendido perpetuarse en el acueducto de Santa Marta

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En atención a las declaraciones concedida por el alcalde del Distrito de Santa Marta, Rafael Martínez, a los representantes de los medios locales, regionales y nacionales a través de una rueda de prensa en el Salón Blanco de la Alcaldía, donde hizo alusión a la carta dirigida a nuestra Casa Matriz Canal Isabel II, nos permitimos respetuosamente manifestar lo siguiente:

En agosto del 2015 el anterior Alcalde Distrital de la ciudad, Señor Carlos Caicedo Omar, expresó su intención de iniciar, a pesar de la doble calidad que ostentaba el Distrito de Santa Marta en Metroagua S.A. E.S.P., (accionista en un 28% y miembro de Junta Directiva) acciones judiciales tendientes a desconocer el contrato de arrendamiento que le permite a la empresa operar la infraestructura de acueducto y alcantarillado de la ciudad.

En esa oportunidad, los miembros de Junta Directiva de INASSA manifestaron al ejecutivo distrital que acciones de este tipo, con iguales fundamentos fácticos y jurídicos, ya habían sido interpuestas con anterioridad, y por el contrario era necesario establecer unas mesas de comunicación que atendieran de la mejor forma la terminación del mismo contrato, previsto para abril de 2017, con el objeto de no afectar derechos de trabajadores, proveedores, accionistas, y principalmente del mismo Distrito de Santa Marta y los samarios.

No obstante lo anterior, el representante legal del Distrito de Santa Marta interpuso una Acción Popular, como es de conocimiento público, la cual se tramita  actualmente ante los juzgados administrativos de la ciudad. Esta situación obligó a Metroagua y sus administradores a iniciar una acción social de responsabilidad ante la Superintendencia de Sociedades y decimos «obligó», pues claramente la ley ordena en este tipo de circunstancias a adelantar las acciones judiciales del caso, pues se trata de un accionista, a la sazón miembro de Junta Directiva, con información privilegiada que ataca no sólo a su misma empresa sino que pone en riesgo su patrimonio y el de los demás accionistas.

Es preciso informar que la Supersociedades ha considerado admitir la demanda y ha ordenado medidas cautelares dentro de la actuación, las cuales incluso han sido confirmadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

La ley igualmente obliga en este tipo de eventos a proceder con la remoción del respectivo miembro de Junta Directiva, como en efecto ocurrió en este caso, pero realizando las siguientes aclaraciones: 1.- El Distrito de Santa Marta mantiene su calidad de accionista de Metroagua en un 28%; 2.- el Distrito de Santa Marta a pesar de su remoción en la Junta Directiva se encuentra representado en la misma por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, por el Secretario de Planeación Distrital y por el señor Rafael Martínez, como bien se lee en el documento dirigido a la Secretaría General de Metroagua S.A. E.S.P. en donde acepta el cargo de miembro de Junta Directiva principal, por lo que no es cierto que la Alcaldía Distrital de Santa Marta, no se encuentre representada al interior de la Junta Directiva de Metroagua S.A.E.S.P.

No es cierto igualmente que INASSA se quiera «perpetuar o atornillar a través de Metroagua en el contrato», entendiendo por tal la operación de los servicios de acueducto y alcantarillado de la ciudad. Por medio de este comunicado hacemos oficial el interés que tiene INASSA de ceder íntegramente al título que legalmente se convenga, su participación accionaria al Distrito de Santa Marta a fin de que se convierta no sólo en el accionista mayoritario, sino en controlante de la Compañía, para que de esta forma Santa Marta y el Distrito recuperen la empresa de acueducto y alcantarillado de la ciudad.

Hace meses se puso en la mesa del señor Alcalde Distrital esta posibilidad sin que a la fecha se conozca una posición oficial sobre el particular. Sorprenden las declaraciones realizadas el día de hoy, pues se había establecido una dinámica productiva en las negociaciones.

Sobra mencionar que ante este evento (cesión accionaria) la finalización del contrato de arrendamiento o la entrega de infraestructura pasaría a un segundo lugar, pues la empresa pertenecería en su gran mayoría a todos los samarios; y si la preocupación radica en el reconocimiento de mejoras realizadas por Metroagua S.A. E.S.P. al sistema, estos recursos pueden destinarse a la atención de pasivos, proveedores y demás acreencias que se tengan derivadas de la operación o incluso al mejoramiento de la infraestructura de la ciudad, como se le ha puesto de presente a sus asesores y demás representantes.

El Distrito de Santa Marta, viene confundiendo el rol de INASSA en el vínculo jurídico existente (contrato de arrendamiento) entre el mismo Distrito y Metroagua. Es necesario aclarar que si bien INASSA es uno de los  accionistas principales, su porcentaje de participación no es mayoritario, por lo que requiere  de la anuencia de los demás accionistas para autorizar (al representante legal de Metroagua S.A. E.S.P.) cualquier modificación al contrato de arrendamiento en la forma que pretende el Distrito. No entendemos en que forma la carta dirigida a nuestra casa matriz puede cambiar esta situación; por otro lado, no es algo que pueda imponerse, requiere de la participación  de todos los involucrados en el proceso.

A través del presente escrito reiteramos nuestro interés en colaborar para que Metroagua y el Distrito lleguen a decisiones consensuadas que beneficien a las partes y, desde luego, a los samarios. Así como el señor Alcalde Distrital requiere la autorización del Concejo para celebrar cualquier modificación al contrato de arrendamiento (la cual no conocemos) así también el Gerente de Metroagua requiere las autorizaciones del caso por parte de los accionistas y su Junta Directiva de la que hace parte el Distrito, velando porque no se afecten derechos de trabajadores, terceros e incluso de los mismos accionistas (entre ellos el Distrito de Santa Marta).

La propuesta de otro sí de la Alcaldía al contrato de arrendamiento contempla una renuncia total de Metroagua a sus derechos porque sí. Respetuosamente consideramos que a la ciudad, los trabajadores, proveedores y demás acreedores de la empresa, se les debe en este caso  un mejor fundamento y una mejor respuesta luego de más de 20 años de servicios. 

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