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Derecho General –El  sufragante corrupto

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Por.  Melchor Tirado Torres *

¡Huy! que bueno, estoy alegre  me regalaron unas tejitas  o láminas de  eternit  para arreglar  mi casita, y a mí me dieron platica en cantidad de cincuenta mil pesos por el voto, y a mí me ofrecieron un contratico, y a mí me pagaron “una estadía” temporal  con “Lola la encantadora”, muchacha de bellos atributos que vende sus servicios en el burdel “El Complaciente”, y a mí me ofrecieron un puestico para mi hija,y a fulanito dizque  le van a dar una moto… y en fin son múltiples las promesas y los compromisos –la gran mayoría fallidos e inciertos  -en la descarada, abierta y burda compra de votos, en particular en esta época pre-electoral con el único objetivo de conseguir  que el sufragante  de manera engañosa vote por X o Y candidato; esta conducta  delictual está prohibida de manera expresa en el código penal en su artículo  390 modificado por el artículo 6° de la Ley 1864 de 2017 en el que se lee: “El que celebre contrato, condiciones su perfeccione o prórroga, prometa, pague o pague o entregue dinero o dádiva u ofrezca beneficio particular a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley con el propósito de sufragar por un determinado candidato, partido o corriente política, o para que lo haga  en blanco, o se abstenga de hacerlo, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de doscientos (200)  mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes…”. “…En igual pena incurrirá el sufragante  que acepte la promesa, el dinero, la dádiva, el contrato, o beneficio particular con los fines señalados en el inciso primero…”,   y aquí  hay necesidad  de que el ciudadano del común “sepa, haga y tenga conciencia para no dejarse engañar” que  el delito  lo comente “tanto el que da el dinero para la compra del voto como el que lo recibe y vota” , quiere esto decir  que si Usted recibe la dádiva  está en curso de la conducta criminal y como como tal es  un criminal  y como esodebe ser sancionado.Esta práctica de comportamientoantiquísimo manejada  y liderada en general por los “gamonales y caciques electorales con apellidos rimbombantes y conocidísimos” debe desaparecer de nuestro entorno social, habida cuenta que es mucho el daño que ha causado en el ya largo tiempo de venirse presentándose, por lo que se invita a la ciudadanía en general a que denuncie haciendo  uso  de laUnidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral – URIEL. Mediante esta herramienta se realiza la recepción y seguimiento de las denuncias y quejas relacionadas con hechos que afecten el desarrollo adecuado de las elecciones, También puede presentar su queja o denuncia en la línea nacional 018000912005 o enviándola al correo electrónico: denunciasuriel@mininterior.gov.co. Cuando el que cometa el delito sea servidor público, o en caso de que los dineros utilizados en beneficio de terceros sean públicos, usted podrá presentar denuncia ante la Procuraduría General de la Nación o la Contraloría General de la República,  para que inicien el proceso y si hay lugar impongan las sanciones correspondientes.

Nuestra carta superior  en su artículo 40 estable el votar como un derecho  a participar en la conformación , ejercicio  y control del poder  político; este derecho como tal  no es omnímodo y está limitado a que la  opción de votar sea licita,  y cuando se vende el voto  se cae en la ilicitud cometiéndose el delito.

Nuestras regiones y departamentos necesitan de personas que los representen  y que no estén comprometidas con esta práctica  ilícita, a fin de que  opere y se de  una elección de candidatos justas que  garantice  la real democracia,  permitiendo  así  que el gobernante  “como  no gasto mucho”  pueda  realizar  un trabajo de contratación ( por ejemplo) ecuánime sin  que se de la necesidad de recuperar  – claro  que disfrazada – la inversión que realizo para hacerse elegir,  lo cual garantizaría  una mejor gestión de su parte y el manejo ecuánime  del dinero ajeno para las obras y proyectos.

*Abogado.

melchortiradot@gmail.com

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