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Contraloría falló por detrimento patrimonial en proceso de Piscina Olímpica

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piscina olñimpicaDeplorable estado en que permanece la piscina olñimpica, no obstante de haberse adjudicado los contratos para refaccionarlaLa Contraloría General del Departamento del Magdalena, profirió fallo de Responsabilidad Fiscal en el caso de las obras de adecuación y reparación a la Piscina Olímpica José Benito Vives de Andreís, contra el ex gobernador del Departamento del Magdalena, Francisco Infante Vergara, los ex secretarios de infraestructura durante la vigencia 2007, José Gregorio Sánchez Pinedo, y 2008, Fabián Saumeth Pacheco, la firma Unión Temporal Vala Ingeniería, empresa contratada para la ejecución de las obras, y Evaldo Mejía Villalobos, como Interventor.

Según reza el fallo “la verificación en investigación de varios informes y demás actuaciones administrativas relacionadas con la Adecuación de la Piscina Olímpica, evidencian la existencia de un daño patrimonial significativo al erario, entre otros aspectos por parte de los funcionarios que sobre sus cargos tenían la responsabilidad de velar por la planeación, formación, legalización del contrato, gestión y ejecución.

Afirma la providencia que desde la planeación del contrato, la administración en cabeza del gobernador Francisco Infante, en calidad de jefe de la Entidad y con capacidad para adelantar procesos contractuales, no fue riguroso en la elaboración del mismo“En las versiones obtenidas se estableció que no se contaban antes de adelantar el proceso contractual, con los estudios específicos, ni planos, ni diseños, sino con unos planos a mano alzada, lo cual correspondía a una informalidad frente a la contratación estatal, pues a la postre como se probó esta situación llevo a la paralización del proyecto, luego a una adición al contrato y finalmente por la inseguridad generada a la modificación del objeto del contrato. Estas falencias en la planeación del proceso contractual, fue una de las causas que generaron el fracaso del proyecto inicial, que si bien es cierto no hubo una inejecución total del proyecto si generó además suspensiones periódicas a la ejecución del contrato, algunas modificaciones del objeto contractual inicial”, reza el fallo.

Además aclara que este complejo deportivo de natación debió ser una obra de gran beneficio paraPiscina 2 toda la comunidad no solo de Santa Marta sino del Departamento del Magdalena, la cual se encuentra conformada por tres (3) piscinas de nado, una (1) de competencia, una (1) de clavados y la piscina de enseñanza, cuyo objeto del contrato era la reparación y la adecuación de la piscina de competencia, proyecto este que jamás cumplió con el beneficio social.

Así mismo determina que la investigación en el marco del proceso arrojó que existe un claro detrimento patrimonial inicial igual al valor de lo ejecutado y cancelado en esta contratación y a los demás estudios e investigaciones que generaron un alza en el valor del contrato por un valor de Trescientos Veinte Millones Novecientos Cuarenta Y Seis Mil Doscientos Cuatro Pesos Con Ochenta Centavos ($320.946.204,80).

“Luego de un análisis pormenorizado se determinó por esta Contraloría Auxiliar para las Investigaciones que se vulneraron los principios propios de la contratación estatal: Planeación, Responsabilidad y Economía como también principios de la función administrativa y de la gestión fiscal: eficiencia, eficacia y economía”, afirma la providencia.

En tal sentido, el presente fallo proferido por la Contraloría General del Magdalena, tienen como fin principal lograr el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o culposa de quienes realizan gestión fiscal y así compensar el perjuicio sufrido por la respectiva entidad estatal.

ANTECEDENTES DEL CONTRATO

Mediante resolución No 982 el Gobernador (e) del Departamento de Magdalena, Francisco José Infante Vergara, adjudicó la contratación a la Unión Temporal Vala Ingeniería, en el mes de noviembre de 2007, el cual tenía como objeto la ejecución por parte del contratista de las obras civiles para la Adecuación y Reparación de la Piscina Olímpica “José Benito Vives de Andréis”.

En cumplimiento de ello las obras de ejecución se inician el 30 de noviembre y fueron suspendidas en cinco (5) oportunidades, desde el 2007 hasta el 2009 cuando finalmente se dejaron de realizar actividades, debido a múltiples razones que conllevaron a la no ejecución del objeto de lo contratado.

Las continuas suspensiones de las obras tienen que ver con la solicitud de la Federación Colombiana de Natación respecto a las dimensiones de las piscinas, razón por la cual se realiza la Adición No 1 al contrato por más de $80 millones, para la construcción de las obras respectivas.

El auto proferido señala que desde el momento que se firma el contrato empezaron a dilucidarse las deficiencias en la parte de planeación, ya que, el contrato se celebró sin contar con los debidos estudios previos y que fueron realizados a mano alzada, por el mismo gobernador Infante, lo cual corroboró además una de las funcionarias de la unión temporal, quien manifestó :“estudios previos en si no le fueron entregados a la parte contratista, se ciñe la propuesta económica a las cantidades y actividades indicadas en el pliego de condiciones”.

La Contraloría General del departamento del Magdalena, continúa trabajando con el objetivo de la protección de los recursos de Estado y la seguridad fiscal, cumpliendo una vez más, con la comunidad en la entrega de resultados en los temas vulnerables que afronta el Departamento.

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