Esta decisión evidencia que la actual administración actuó de conformidad a la constitución y la ley al no darle nombramiento al aspirante ganador. Se espera que en sesión la Junta Directiva determine un nuevo proceso de selección para ocupar el máximo cargo administrativo de la Institución.
Un nuevo pronunciamiento jurídico en favor de la Administración Distrital fue hecho el pasado 12 de octubre por la Jueza Cuarta Civil Municipal de Santa Marta. La Jueza resolvió el incidente de desacato promovido por Jairo Romo Ortiz a una acción de tutela instaurada en relación al concurso de escogencia del Gerente de la Empresa Social del Estado Alejandro Prospero Reverend.
Esta decisión deja sin validez alguna todo el concurso que se había realizado con antelación, debido que la junta directiva encontró como irregularidad en la ejecución del contrato de la Universidad Cooperativa de Santander, al permitir que las funciones propias de dicho contrato fueran ejercida por otra institución con sede en Medellín.
Este pronunciamiento respalda la medida tomada por el Gobierno local meses atrás de revisar el proceso a través del cual se escogió la institución de educación superior que realizaría el concurso de elección de gerente para la E.S.E. de Santa Marta, cumpliendo las respectivas normativas para garantizar un proceso transparente y sin vicios.
La Juez Cuarta Civil Municipal consideró que en el trámite de la impugnación de la tutela ante la Juez Primera Civil del Circuito, se resolvió conceder un término de 30 días a la ESE para que se adelantara la actuación administrativa y definiera sobre la legalidad del mencionado concurso, lo cual se hizo por parte de la Junta Directiva, quedando demostrado que se cumplió con lo ordenado en la segunda instancia, dejando sin argumento jurídico alguno, un desacato al no darle nombramiento al doctor Romo en el cargo de gerente de la ESE.
El doctor Danilo Cervantes Torres, gerente de la E.S.E. Alejandro Prospero Reverend explicó: “la Jueza Cuarta Civil Municipal consideró que por mandato legal su despacho ya perdió toda competencia para seguir adelantando el tramite del incidente de desacato y que en lo sucesivo es solo del resorte de la jurisdicción contenciosa administrativa, la autoridad competente para conocer sobre el proceso del concurso”.
A su vez, el Gerente de la E.S.E. de Santa Marta destacó que los procesos jurídicos no han interrumpido las actividades propias de la ESE que se desarrollan en el corazón de las comunidades vulnerables para brindar mejores servicios de prevención y atención en salud. Además concluyó señalando que el fallo aclara todo el panorama jurídico.