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‘Los suelos de protección’ del Distrito de Santa Marta, no se pueden urbanizar: POT

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Suelos de protecciónAnte el crecimiento de construcciones en lugares no permitido del Distrito, la Compañía del Acueducto y Alcantarillado Metropolitano de Santa Marta, Metroagua S.A. E.S.P., recuerda que el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, prohíbe construir en áreas denominadas como ‘suelos de protección’, ubicados dentro de perímetro urbano, por arriba de la cota 40 metros sobre el nivel del mar.

Lo anterior está contemplado en el artículo 201 del POT, donde se advierte la imposibilidad de urbanizar, dada sus características geográficas, paisajísticas o ambientales de esos suelos, o por no formar parte de las zonas de utilidad pública, para la ubicación de infraestructura para la provisión de los servicios públicos domiciliarios.

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Estos espacios están demarcados por los cerros que conforman el límite norte del área urbana, que comprenden desde el puerto hasta la Cuchilla de Palangana; estribaciones de los cerros orientales, desde el barrio Once de Noviembre hasta el Cisne. En esta franja encontramos los parques Dumbira en Taganga; Bondigua, sector de Bonda y Paz Verde en el sector de El Cisne.

Igualmente, la cordillera paralela a la zona sur hasta la quebrada del Doctor, y  todos los cerros o promontorios que están en el interior del área urbana definida por el POT entre los que se encuentran el Cerro de San Fernando, La Llorona, Cundí, Las Tres Cruces, La Gloria y los de Ecopetrol. 

Según la norma, también son suelos de protección urbana las rondas de los ríos  Manzanares y Gaira y las quebradas Tamacá, Bureche, Don Diego, del Doctor, otras que bajan del piedemonte de los cerros ubicados al suroriente de la ciudad, así como todas las rondas de arroyos y cauces del sistema hídrico.

Responsabilidad ambiental

Con este sentido de responsabilidad ambiental con Santa Marta, se determinó en la Agenda Ambiental elaborada por Juan Pinto Saavedra en el año 2002, la necesidad de reubicar y normalizar los asentamientos subnormales en los cerros de la ciudad y recuperar las rondas y cauces de los ríos Manzanares, Gaira y las quebradas Tamacá y Bureche.

“Estos criterios son de suma importancia a la hora de evaluar y autorizar el desarrollo urbanístico en los diferentes sectores de la ciudad; al no respetar estos conceptos, se han venido aumentando las zonas inundables en la ciudad, lo que ha ocasionado trágicos episodios en épocas de lluvia”, dijo Luis José Londoño Arango, gerente General de Metroagua S.A. E.S.P.

De acuerdo con el concepto del funcionario, todo esto se habría podido evitar si se hubiera planeado de manera organizada el crecimiento de la ciudad, respetando los suelos de protección, que cumplen con un propósito asignado por la misma naturaleza: ser zonas de amortiguación de riesgos.

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