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Derecho Penal -La Culpabilidad

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Melchor Tirado Torres *

La Culpabilidad … Pero bueno, ¿y eso que es?, es la pregunta obligada con la siguiente respuesta que considero la mejor – vinculada con el derecho – “Es el reproche que se le hace a quien le es imputable una actuación contraria a derecho, de una manera deliberada o por negligencia, a efectos de la exigencia de la responsabilidad”; a su vez, La Responsabilidad es “La capacidad existente en todo sujeto activo para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente”… en contexto, la responsabilidad es una capacidad, y la Culpabilidad es un reproche; entendiendo el reproche, como la atribución a alguien de las consecuencias de una acción dañosa o ilegal, mediante la exigencia de responsabilidad civil o penal. El código penal colombiano – Ley 599/200 – define como Norma Rectora en su artículo 12 la integración de la culpabilidad y la responsabilidad así: “Solo se podrán imponer penas por conductas realizadas con culpabilidad. Queda erradicada toda forma de responsabilidad objetiva”. La responsabilidad civil (campo civil) subjetiva parte de un acto antijurídico (campo penal) que, causando daño, ha de ser reparado. El Carácter subjetivo es un hecho de que el criterio de imputación subjetiva se basa en la culpabilidad del autor. Con este soporte jurídico me referiré al caso particular y actual de “la aplicación de las vacunas contra el Covid-19”, mediante la exposición de preguntas y respuestas dejando al lector sacar las conclusiones que a bien considere.… ¿A qué se llama vacuna?, con las siguientes dos respuestas: a) Sustancia compuesta por una suspensión de microorganismos atenuados o muertos que se introducen en el organismo para prevenir y tratar determinadas enfermedades infecciosas con el propósito de estimular la formación de anticuerpos con lo que se consigue una inmunización contra estas enfermedades, b) virus que se extrae del pus de las pústulas originadas en las ubres de las vacas y que se inocula al ser humano para prevenir la viruela. ¿Qué es vacunar?, pues, es la acción de colocar a un animal (racional o irracional) una vacuna. ¿Cómo se fabrican las vacunas?, ya en la definición se dijo, sin embargo en el campo de la Ingeniería Genética estos conceptos están cambiando y a decir verdad la información que se divulga por los medios de información masiva “no es clara” y existen muchas dudas difíciles de aclarar. ¿De cuánto tiempo se requiere para fabricar una vacuna?, según los expertos mínimos cuatro (4) años. ¿Cuánto tiempo trascurrió para realizar las vacunas contra el covid-19?, más o menos un año (1). ¿Hay necesidad de aislar el virus para realizar las vacunas?, respuesta sí. ¿Muta el virus con el tiempo?, respuesta si y hay según información oficial varias sepas circulando. ¿Se atenúa el virus con el tiempo? Respuesta si, pero en cuanto a nuevas formas del virus hay incertidumbre. ¿Adquieren las empresas farmacéuticas que venden las vacunas alguna responsabilidad por el producto que entregan? Respuesta NO. ¿Quién asume la responsabilidad por los daños colaterales que presenten las vacunas? Respuesta, los asume El Estado Colombiano. ¿Quién fabrica y vende un producto debe dar garantías del mismo? Respuesta sí. ¿Si me vacuno debo dejar de usarel tapabocas? Respuesta NO. ¿Si me vacuno no me contagiaré de covid-19? Respuesta hay dudas, pero la información general es que no hay garantía de que no me contagiaré. ¿Con la llegada de las vacunas aumento el covid-19? La respuesta es que SI. ¿Tienen las vacunas alguna relación con los nuevos brotes del virus? Respuesta existen muchas dudas por aclarar. ¿Juegan las empresas farmacéuticas a la inmunidad de rebaño? Respuesta, todo indica que eso es lo que esperan, con lo cual quedaría justificado el macro negocio en esta tercera guerra mundial.

 

* Abogado.

melchortiradot@gmail.com

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