De cara al inicio del primer periodo de la veda del bagre rayado, pintado o tigre del Río Magdalena, medida que se hará efectiva del 1 al 30 de mayo, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, Aunap, en trabajo con otras Entidades, garantizará el cumplimiento de esta medida que prohíbe la extracción, almacenamiento, comercialización y movilización de esta especie.
La cuenca del Río Magdalena, que comprende los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge, además de ser la artería fluvial más importante del país, es escenario principal de la pesca artesanal, actividad realizada por un alto porcentaje de población ribereña tanto en los ríos como en sus ciénagas. Por ello, es considerada una actividad extractiva socio-cultural de interés tanto local, como regional y nacional.
El bagre rayado del Magdalena es la especie de mayor valor comercial de la cuenca y está siendo sometida a una fuerte presión pesquera por su alta demanda. En los últimos 30 años las capturas se han reducido en más de un 90 por ciento.
El Director General de la Aunap, Otto Polanco Rengifo, afirmó que la Entidad será la encargada de controlar y regular el cumplimiento de la veda para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos pesqueros, sin embargo, para la Aunap enseñar más que perseguir sigue siendo la estrategia más efectiva”.
El objetivo es proteger y garantizar la reproducción del bagre rayado, la cual se produce durante todo el año, con dos picos anuales en cada semestre, que se dan por la presencia de un mayor número de individuos maduros. Esta especie es emblemático del Magdalena y lade mayor tamaño en la cuenca, ya que alcanza a crecer hasta 1.5 m de longitud.
“Somos conscientes de la importancia del apoyo de los pescadores, comerciantes y consumidores para acatar esta medida, y buscaremos alternativas económicas, sobre todo para nuestros pescadores, durante esta época”, aseguró Polanco.
En ese sentido, la Autoridad Pesquera y la Policía Nacional Ambiental, estarán implementando operativos de control y vigilancia en los centros de producción, distribución y consumo, con el objeto de hacer efectiva la medida, cuyo propósito esencial es crear conciencia en el pescador y comerciante sobre la necesidad de atender y apoyar esta medida de ordenamiento pesquero en función de la preservación del bagre rayado o pintado, especie que se encuentra en condición de vulnerabilidad.
El incumplimiento de la veda, la talla mínima de captura (80 cm en la cuenca Magdalena y Cauca); y la utilización de métodos y artes de pesca no reglamentados, son considerados como un delito de acuerdo con el Artículo 38 de la Ley 1453 de junio de 2011“Ilícita actividad de pesca”.