En atención a la situación de emergencia presentada en la Ciénaga de Pajaral donde se presentó una gran mortandad de peces que afectó notoriamente a la economía de los habitantes de los pueblos palafitos, pertenecientes al municipio de Sitionuevo, el alcalde José Gómez Meléndez, en una acción noble y de cara a resolver la situación presentada, realizó varias reuniones con las entidades encargadas del manejo del medio ambiente y teniendo en cuenta que una de las causas de la mortandad de peces es la falta de oxigenación de las aguas de la ciénaga y consiente que las solución a este problema no da espera, decidió expedir el decreto 101 de agosto 10 de 2016 “Por medio del cual se declara la situación de calamidad pública en el municipio de Sitionuevo y se dictan otras disposiciones”.
El mandatario municipal hizo uso de las facultades Constitucionales comprendidas en el artículo 315 numerales 3 y 9 legales, ley 136 de 1994, artículo 91 literal d, numeral 1, modificado por el artículo 29 de la ley 1551 de 2012, ley 1523 de 2012 y demás normas concordantes aplicables.
En consideración a que el alcalde es la primera autoridad político administrativa del municipio al decir del artículo 314 de la Constitución Nacional y la ley 136 de 1994 artículo 93 y que en tal sentido tiene el deber y la facultad de velar por el cumplimiento y ejecución de los fines del Estado, la prestación de los servicios públicos que determine la ley, ordenar el desarrollo social de su territorio como lo disponen los artículos 287, 311 y 315 de nuestra Carta Magna.
Teniendo en cuenta lo anterior y ante la situación calamitosa que viven los habitantes de las poblaciones antes mencionadas, el mandatario Gómez Meléndez se baso para realizar esta declaratoria y ordenar al Consejo Municipal de Gestión del Riesgo la construcción INMEDIATA del Plan de Acción Municipal de Calamidad Pública decreto 101, el cual inició su actividad una vez elaborado.