Inversionistas constructores del Centro Comercial Arrecife ubicado en el sector de El Rodadero, presentan denuncia pública, por la iniquidad y falta de fundamentos jurídicos por las erradas interpretaciones del juzgado Quinto Administrativo de Santa Marta, que violenta arbitrariamente, la seguridad jurídica a la inversión económica – social en la ciudad.
El centro comercial está es una construcción de Provalor, empresa con amplia experiencia en el desarrollo de proyectos inmobiliarios en las ciudades de Cali, Bogotá, Barranquilla, Barrancabermeja y en Santa Marta, construye además, un hotel en el Centro Histórico.
El proceso se refiere a una acción popular, interpuesta por una vecina del Centro Comercial, quien aduce situaciones hipotéticas, sin asidero legal, como es el perjuicio que causa el ingreso de los vehículos que descargan la mercancía de los almacenes de dicho centro, el arribo de personas que perturban la seguridad y caos en la movilidad. Esas hipótesis, han sido desvirtuadas en las diferentes diligencias realizadas por los jurídicos de Provalor, sin embargo, han generado la paralice de las obras sobre la parte trasera de la Construcción, para no afectar a los vecinos de Arrecife.
De manera irregular, el juzgado se valió de un “concepto”, emitido por un funcionario de Planeación Distrital, para motivar su decisión y parar la construcción de Arrecife, sobre la carrera 5, sin tener en cuenta que el Centro Comercial, cumple con todas las normas, los estudios técnicos, los requisitos del Plan de Ordenamiento Territorial de Santa Marta y los permisos de la Curaduría.
«Reiteradamente solicitamos por escrito al juzgado, que nos explicara cuál norma habíamos incumplido, sin embargo, jamás nos dieron una respuesta, solo en sus providencias amarraron su decisión al equivocado “concepto” del funcionario de planeación, que fue ampliamente debatido por la sociedad constructora y por la Oficina de Planeación del Distrito de Santa Marta, así como por la curaduría que otorgó la licencia, todos a una, demostrando al juzgado, la carente falta de legalidad del concepto, tomado por el juzgado como su motivación reina” afirmó Jairo Arturo Arboleda, abogado de la firma.
No existe en el proceso NI UNA SOLA PRUEBA, que permita concluir que el CENTRO COMERCAL ARRECIFE, haya lesionado o pudiera lesionar los derechos colectivos de la comunidad, acusación en la que se fundamentó la demanda. Incluso, sobre el ingreso de los vehículos de carga, tipo Furgón, máximo de 3,5 toneladas se ha previsto desde un principio en los planos aún no desarrollados, que las operaciones de cargue y descargue se realice a puerta cerrada, al interior de un área privada del Centro Comercial ARRECIFE.
Hoy la firma espera que la ley se aplique bajo el Derecho fundamental de la verdad, con hechos y pruebas contundentes y expresa su inconformidad ante las decisiones del juzgado y la preocupación por el hecho de que la ley deje de aplicarse bajo el principio fundamental de la búsqueda de la verdad.
La primacía de la LEY en un Estado de Derecho sobre un CONCEPTO es cuestión de simple constatación: el denominado concepto, es un elemento impropio al proceso para soportar una decisión judicial. «La justicia administrativa de Santa Marta, en éste caso concreto, ha sido inequitativa, un asunto que se convierte en un obstáculo muy grande a la inversión privada «, añadió Jairo Arturo Arboleda, director jurídico.
“Los obstáculos normales en el desarrollo de una obra, son consecuentes con la actividad constructora; no obstante, los obstáculos sin fundamento no solo motivan la desconfianza en la seguridad jurídica aplicable, sino que también demoran el desarrollo de los proyectos, aumentan los costos y las labores logísticas, y causan en los posibles desarrolladores de inversión ciertos temores, ante la inconsistente administración de la justicia con equidad”, indicó el director jurídico de Provalor.