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Ruta del Sol II sería sancionada por incumplimiento parcial de obras

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El gerente de proyectos de la Gobernación del Magdalena Fabio Manjarréz, como supervisor del contrato del proyecto de construcción de la Doble Calzada Ciénaga – Santa Marta; en rueda de prensa, señaló que desde que se posesionó en el cargo, le propuso a la Concesión Ruta del Sol II S.A., una relación armónica pero independiente, en la que ellos le darían cumplimiento al objeto contractual para el cual fueron llamados.

Pero en vista de que a seis meses, la Concesión Ruta del Sol II S.A ha incumplido  parcialmente, el cronograma, el gerente de Proyectos hace saber a la comunidad que:

Hemos tomado la decisión de activar el Capítulo VI del Contrato No. 229 de 2006; por medio del cual se ejecuta el Régimen Sancionatorio, Descuentos, Cláusula Penal, Intereses de Mora y Caducidad; de este contrato, ante el evidente incumplimiento parcial de entrega de obra y de plazos establecidos.

A partir de este momento, requerimos formalmente al Consorcio AFA-SMA, responsable de la interventoría del Contrato No. 229 de 2006, para que en los términos establecidos, presente a la Gerencia de Proyectos de la Gobernación de Magdalena, un informe que contenga todos los aspectos relacionados como incumplimientos parciales.

Con el informe del Consorcio AFA-SMA, responsable de la interventoría del Contrato No. 229 de 2006, como Gerencia de Proyectos de la Gobernación de Magdalena, abriremos el proceso sancionatorio que corresponda según el Capítulo VI del Contrato No. 229 de 2006; por medio del cual se ejecuta el Régimen Sancionatorio, descuentos, Cláusula Penal, Intereses de Mora y Caducidad.

La Concesión Ruta del Sol II S.A. tendrá dentro de este proceso administrativo sancionatorio, la oportunidad de hacer sus descargos como lo contempla nuestro Derecho Constitucional al Debido Proceso en el marco del Estado Social de Derecho Colombiano.

Al hallar el mérito suficiente, la Gerencia de Proyectos de la Gobernación de Magdalena citará en fecha prenotificada, la audiencia donde se desarrollará el proceso administrativo sancionatorio al que deberá asistir el Represente Legal de Ruta del Sol II S.A. en calidad de imputada y el Consorcio AFA-SMA, responsable de la interventoría.

Cabe señalar que el Capítulo VI del Contrato No. 229 de 2006; por medio del cual se ejecuta el Régimen Sancionatorio, Descuentos, Cláusula Penal, Intereses de Mora y Caducidad; contempla imposición de multa de cinco salarios mínimos mensuales, es decir, $3.447.275; por cada día de atraso.

ANTECEDENTES

Desde el mes de enero, el gerente de Proyectos con su equipo, hicieron un recorrido, (con el respaldo de la Gobernadora Rosa Cotes) por el intercambiador de La Lucha y se comprometieron, en asocio con la Concesión Ruta del Sol II S.A., a entregar en los tiempos especificados, esta y otras partes de la obra.

“Convencidos de la calidad técnica y operativa de la Concesión Ruta del Sol II S.A., confiamos en la entrega oportuna del intercambiador de La Lucha, lo cual implicaba el trabajo por medio del cual se le daría traslado a las redes eléctricas ubicadas en el sector y posterior desmonte de las torres eléctricas que impiden la continuidad del proyecto. Hasta la fecha, la Concesión Ruta del Sol II S.A., ha incumplido en seis oportunidades, la realización del procedimiento del traslado a las redes eléctricas ubicadas en el sector. Media docena de veces solicitamos la consignación nacional y la misma tuvo que ser replanteada por culpa del contratista” afirmó el gerente de Proyectos.

Así mismo, dijo que toda esta situación desdice del propósito que desde siempre planteó la Gobernadora, de cumplirle a los samarios y magdalenenses con la entrega oportuna del intercambiador de La Lucha, proyectado para el viernes 29 de julio de este año, día en el que la capital del Departamento cumple 491 años de fundada.

 

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